dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Se CONFIRMA en todas sus partes la decisión dictada por el Juzgado Primero en funciones de Control de la Sección Adolescentes de este Circuito Judicial, en la que decretó la Privación Judicial Preventiva de Libertad del adolescente identidad omitida, plenamente identificado al inicio de esta decisión, por encontrarse llenos los extremos exigidos en los artículos 559, 581 y 628 de la Ley Orgánica para Protección del Niño y del Adolescente.
2.- Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto.