PRIMERO: Que el penado FREDDY ROBERTO MAKENZY MARRERO fue detenido en fecha 27-07-2004, hasta el día de hoy, evidenciándose que permaneció recluido por un tiempo de OCHO (08) MESES Y VEINTIOCHO (28) DIAS DE PRESIDIO, y en virtud de que fue condenado a sufrir la pena de ONCE (11) AÑOS DE PRESIDIO, se computará a favor del mencionado ciudadano, un día de detención por un día de prisión, de conformidad con lo establecido en el artículo 40 del Código Penal en relación con el artículo 480, primer aparte del Código Orgánico Procesal Penal, razón por la cual le falta por cumplir DIEZ (10) AÑOS, TRES (03) MESES Y DOS (02) DIAS DE PRESIDIO.
SEGUNDO: Igualmente el prenombrado ciudadano fue condenado a cumplir las penas accesorias de prisión, de acuerdo a lo establecido en el artículo 13 del Código Penal, las cuales se especifican a continuación:
a. -INHABILITACIÓN POLÍTICA E INTERDICCION CIVIL durante el tiempo de la condena, es decir, once años que cumplirá el 27-07-2015.
b.- SUJECIÓN .....