Se declara SIN LUGAR la solicitud interpuesta por la Defensa Privada, en cuanto a que se le otorgue a su representado una medida cautelar, y en consecuencia se acuerda mantener la misma.
1. ADMITE PARCIALMENTE la acusación formulada por la DRA. MILAGROS GOITÍA, en su condición de Fiscal Cuarta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, en contra del ciudadano LESMA JOSE JIMENEZ GONZALEZ, arriba identificado, por la comisión del delito de HURTO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el art. 454 en relación con el art. 82 del Código Penal.
2. Se ADMITEN todos los medios de prueba ofrecidos en su escrito acusatorio por considerarlas legales, necesarias, útiles y pertinentes para el descubrimiento de la verdad. En consecuencia se CONDENA a cumplir la pena de UN (01) AÑO y CUATRO (04) MESES DE PRISION al ciudadano LESMA JOSE JIMENEZ GONZALEZ, mas las penas accesorias de ley. Por lo que se acuerda remitir la presente causa al Tribunal de Ejecución en su.....