Por lo anteriormente expuesto, esta Jueza Temporal Unipersonal de Sala de Juicio No.2 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA UNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS del de cujus NELSON RAMON MOLINA CONTRERAS, quien en vida eran venezolano, titular de la Cedula de Identidad Nª V-3.619.276, a los ciudadanos MAITE NATAHIS MOLINA HERNANDEZ Y NELSON ALEXANDER MOLINA HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nro. V- 12.394.565 y Nro. V-12.394.559, y al niño KENNY JORDAN MOLINA PEÑALOZA, de 7 años de edad, identificado con Partida de Nacimiento Nº 779 de fecha 17 de Junio de 1997, levantada ante la Prefectura de la Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal, Estado Tàchira.
Devuélvase a los interesados originales de las actuaciones y déjese copia certificada de las mismas p.....