DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, REVOCA LAS MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD impuestas al ciudadano NELSON RAFAEL DÍAZ CANO, titular de la cédula de identidad número V-23.531.470, y en su lugar se decreta MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en su contra, de conformidad con lo establecido en los artículos 248, numeral segundo y 327 del Código Orgánico Procesal Penal.
Diarícese, notifíquese a las partes, déjese copia y líbrese oficio al Jefe del Bloque de Búsqueda y Capturas del estado Vargas del Cuerpo de Investigaciones Penales, Científicas y Criminalísticas a fin de ejecutar la presente decisión.
EL JUEZ,
VÍCTOR A. YÉPEZ PINI.
LA SECRETARIA,
Abg. MARIANELA SOJO.