Por las razones antes expuestas este TRIBUNAL SUPERIOR DEL CIRCUITO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LA GUAIRA, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el demandado CARLOS ALBERTO RAMOS, titular de las cédula de Identidad Nro. V-4.557.569, debidamente representado por el abogado NOEL GUTIERREZ GUEVARA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 289.404, contra la sentencia dictada por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de este Circuito Judicial Civil, en fecha 09 de febrero del año 2022, la cual se Confirma. Así se decide. SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada CARLOS ALBERTO RAMOS, antes identificado. Así se decide.