DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expresados este TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO DE LA SECCION DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, REVOCA POR INCUMPLIMIENTO las Medidas Cautelares Menos Gravosas impuestas al joven IDENTIDAD OMITIDA, y ordena su ubicación inmediata con ORDEN DE CAPTURA previa la declaratoria de Rebeldía, todo de conformidad con los artículos 262 numerales 1ro. y 2do. del COPP, 537 y 617 de la LOPNNA.
En Audiencia se había ordenado expedir Boleta de Captura enviándose con Oficio al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas del Estado Vargas y se informó de esta Orden al Director de Poli Vargas y al Director de la Policía Municipal y a la Guardia Nacional Destacamento de Seguridad Urbana Camurí Chico del Estado Vargas, para que lo aprehendan y lo pongan a derecho ante la Fiscalía competente. Regístrese y.....