Siendo que lo alegado por la parte actora y las pruebas acompañadas constituyen en esta etapa del proceso presunción grave del derecho, reclamado salvo lo que pueda resultar luego del debate judicial, es por lo que este Tribunal de conformidad con las normas antes transcritas decreta: Medida Preventiva de Embargo sobre el cincuenta por ciento (50%) de las Prestaciones Sociales y cualquier otro beneficio socio- económico que le pudiere corresponder al ciudadano TEODOSIO MARTINEZ LOIS, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 1.454.687, quien presta sus servicios en la Empresa FULLER MANTENIMIENTO. Librese lo conducente a la referida empresa.-