DECRETA al joven imputado IDENTIDAD OMITIDA, CAUTELARES MENOS GRAVOSAS previstas en el artículo 582 de la LOPNA literales: b) Obligación de estar bajo elucidado de su representante legal y la prohibición de salir después de las 9 de la noche de su casa, salvo que sea en compañía de un adulto y c) presentarse una (01) vez al mes ante este Despacho Judicial, por su presunta participación en el delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, tipificado en el artículo 34 de la nueva Ley Antidrogas, a los fines de garantizar que esté pendiente de las demás etapas del proceso penal.