éste Tribunal declare: TÍTULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana TRINA MARGARITA TORRES MORALES, quien es venezolana, mayor de edad, soltera y titular de la cédula de identidad Nro. V-6.484.323, sobre las bienhechurías descritas ampliamente en la solicitud y en el Certificado de Existencia de Bienhechurías Nº DCM-CEB-0115-2013, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.