DELARA LA NULIDAD DE LA APREHENSIÓN DE LOS IMPUTADOS ADOLESCENTES, IDENTIDAD OMITIDA, conforme a lo dispuesto en los artículos 44 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 190 del Código Orgánico Procesal Penal.. En consecuencia, se decreta la LIBERTAD PLENA DE LOS ADOLESCENTES IMPUTADOS. Líbrense los oficios correspondientes.