por autoridad de la Ley, DECLARA:
ÚNICO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio, que por COBRO DE BOLÍVARES, PROCEDIMIENTO DE INTIMACIÓN, ha instaurado la sociedad mercantil BANCO DE OCCIDENTE C.A., inscrita en el Registro de Comercio que llevaba el Juzgado
Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, bajo el Nº 74, de fecha 05-09-1957, en su carácter de ACREEDORA, a través de sus apoderados judiciales abogados FRANCISCO RODRÍGUEZ NIETO, JOSÉ GERARDO CHAVEZ CARRILLO y JULIO NORBERT PÉREZ VIVAS, inscritos en el I.P.S.A. bajo los números 26.199, 28.365 y 28.440, respectivamente, contra el ciudadano GOLFREDO RENÉ DURÁN DÁVILA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.198.409, en su carácter de DEUDOR, JESÚS ALBERTO UZCÁTEGUI y FRANCISCA ANTONIA DÁVILA DE MÁRQUEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédulas de identidad números V-9.394.585 y V2.452.436, en su carácter.....