PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN PRESENTADA POR LA FISCALÍA SEXTA DEL MINISTERIO PÚBLICO en contra del acusado GARCIA BARRERA ERICK JOEL, quien es de nacionalidad Venezolana, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, de 23 años de edad, nacido el día 14-06-1984, obrero, soltero, con cédula de identidad Nº V.- 17.810.323, residenciado en el Barrio Francisco de Miranda, vereda 4, casa número 21, Rómulo Gallegos, La Concordia, San Cristóbal, Estado Táchira; por la presunta comisión de los delitos de AMENAZA Y VIOLENCIA FISICA previstos y sancionados en los artículos 41 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en relación con el artículo 88 (Concurso Real de Delitos) del Código Penal Vigente en perjuicio de la ciudadana Karla Yubidey Navarro, así como se admiten totalmente las pruebas promovidas por el Ministerio Público por los hechos cometidos en las circunstancias de tiempo, modo y lugar establecidos en la Resolución Acusatoria,.....