PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA que por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, incoara “ADMINISTRADORA ALAMO C.A,” Sociedad Mercantil domiciliada en la Ciudad de Caracas, e inscrita por ante el Registro Mercantil V de la Circunscripciòn Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda el dìa 07 de junio de 1.996, bajo el Nº 19, Tomo 37-A –Qto., contra el ciudadano IGNACIO ENRIQUE UGUETO DELGADO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V-7.998.269. En consecuencia se declara resuelto el contrato de arrendamiento suscrtito entre ADMINISTRADORA ALAMO, C.A, y IGNACIO ENRIQUE UGUETO DELGADO, suscrito en fecha 28 de febrero de 2004 y autenticado por ante la Notaria Pública Primera del Estado Vargas, La Guaira, en fecha veintidós (22) de marzo del año Dos Mil Cuatro (2004), bajo el N° 14, Tomo 12, de los libros de autenticaciones.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a entregar a la actora, libre de bienes y personas, el inmueb.....