ACUERDA la conversión del resto de la pena impuesta en confinamiento al ciudadano ORLANDO JOSE MONTEROLA, quien es nacionalidad venezolano, natural de Caracas, de 45 años de edad, hijo de CARMEN MONTEROLA, de estado civil soltero, oficio chofer, con residenciado en el Barrio Atanasio Giraldot, Casa N° 138, Maiquetía, estado Vargas y titular de la Cédula de Identidad Nº 6.300.018, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 del Código Penal, con un régimen de presentación semanal por ante la Jefatura Civil del Municipio Santiago Mariño, Estado Aragua, de acuerdo a lo establecido en el artículo 20, segundo aparte ejusdem, hasta el 17-08-2005, fecha en la cual cumple la pena impuesta.