Por todos los razonamiento antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCION DE ADOLECENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: CESACION por PRESCRIPCION DE SANCIONES de Libertad Asistida 1 Año, Reglas de Conducta también por 1 año y Servicio a la Comunidad por 6 meses, que debió cumplir el joven IDENTIDAD OMITIDA, por cuanto desde el 05/02/2010 fecha de la firmeza de la Sentencia no se pudo imponer por incomparecencia reiterada al llamado del Tribunal, siendo superior al lapso exigido en la Ley especial y en consecuencia se acuerda su LIBERTAD PLENA por esta causa, todo de conformidad con el artículo 616 de la LOPNNA
Regístrese y déjese copia de esta Decisión. Notifíquese a las partes.
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION
DRA. ANA CELIA PEREZ RUDMAN
SECRETARIA DE EJECUCION
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