En vista de las consideraciones antes expuestas es por lo que este TRIBUNAL ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PARTICULAR PRIMERO: Parcialmente con lugar, la Obligación Manutención; realizado por la ciudadana MAYERLIN CHACON CHACON, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 16.320.635 contra el ciudadano JOSE RODRIGO SANCHEZ BUITRIAGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 20.122.408 quedando la Obligación de Manutención para los niños M.L.S.CH de 14 años de edad, J.A.S.CH de 13 años de edad, Y.L.S.CH de 11 años de edad y J.G.S.CH de 8 años de edad ; en la cantidad de CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 50.000,oo) mensuales. Y para agosto, el padre le compre los uniforme escolar y zapato escolar a los 4 hijos y la madre los útiles escolares.....