Por las razones antes expuestas: ESTE JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNÍN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de de Revisión (Aumento) de la Obligación de Manutención que formulara la Ciudadana: MARIA PATROCINIA MONCADA CONTRERAS, en contra del ciudadano: FERNANDO ANTONIO ALVIAREz MENDOZA, en beneficio del Niño (omissis).
SEGUNDO: Este Tribunal fija como Aumento de Obligación de Manutención la cantidad de CIENTO CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 150,00), fuera de los CIENTO CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 150,00) que tenia fijados para un total de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 300,00) mensuales, así mismo se acuerda fijar una cuota extraordinaria para el mes de Agosto en la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 600,00), así mismo se incrementa la cuota extraordinaria del mes de Diciembre que estaba fijada en la cantidad de TRESCIENT.....