De conformidad con lo establecido en el articulo 323 del Código Orgánico Procesal Penal NO ACEPTA la solicitud de Sobreseimiento presentada por el Ministerio Público y en consecuencia acuerda la remisión de las presentes actuaciones a la Fiscalia Superior del Ministerio Público a los fines de que Ratifique o rectifique la solicitud de Sobreseimiento presentada por la Fiscal Octava del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial.