declara pronunciarse para el momento procesal de la audiencia preliminar, de acuerdo a lo establecido en el articulo 573 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el Articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, con respecto a la solicitud de nulidad absoluta, interpuesta por la Defensora Pública Cuarta del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente Dra. YAMILETH CONTRERAS en fecha treinta y uno (31) de Agosto de Dos Mil Doce (2012) y ratificada en el acta de diferimiento de la audiencia preliminar de fecha 25 de Septiembre de 2012.