Por las consideraciones de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, declara:
PRIMERO: La Interdicción Provisional del Ciudadano ELEAZAR DE JESUS RODRIGUEZ LEANDRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.997.613.
SEGUNDO: Se designa como tutor interino a la ciudadana: ALEJANDRINA LEANDRO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad Nº V-3.812.937, en su condición de madre del entredicho. Notifíquese a la designada, a los fines de su aceptación y juramento de ley. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 414 y 415 del Código Civil, se ordena expedir copia certificada del presente decreto a los fines de su registro y publicación.
TERCERO: Notifíquese a la Fiscal del Ministerio Público de la presente decisión.
Conforme a lo pautado en el artículo 734 del Código de Procedimiento Civil, se ordena seguir formalmente el proceso por los tr.....