CON LUGAR, la Solicitud de DIVORCIO POR RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMÚN. Formulada por los ciudadanos LUÍS ORLANDO CONTRERAS DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nro. V-14.435.030 Y MARIA NOELIA SUAZA DE CONTRERAS, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad N°.V-16.619.992. Asistidos por el abogado JAIME PÉREZ GALLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.209.705, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 63.212, domiciliados en Ureña, Municipio Pedro María Ureña, Estado Táchira. En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial contraído entre los solicitantes por acto celebrado en fecha 22 de diciembre de 1.988, por ante la Prefectura del Municipio Bolívar, Estado Táchira, según consta en el acta N° 381.-