En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS BENEFICIOS LABORALES, interpuesto por los ciudadanosDARWING JOSE LEÓN; JOSÉ ANTONIO GOYO ALVAREZ; TITO ARMANDO SARRIA LARA; YOHNNY JESÚS CALDERÓN SILVA Y DIEGO JESUS LINO LARA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidades números: V-14.071.160, V-18.324.774, V-12.715.849, V-19.444.786 Y V-31.233.846, respectivamente, en contra de la Entidad de trabajo, "KARTING THE GARAGE SPORT (KARTING LA GUAIRA, C.A.)". SEGUNDO: Se ordena a la Entidad de trabajo, "KARTING THE GARAGE SPORT (KARTING LA GUAIRA, C.A.)", a pagar alosciudadano:DARWING JOSE LEÓN; JOSÉ ANTONIO GOYO ALVAREZ; TITO ARMANDO SARRIA LARA; YO.....