Se HOMOLOGA el desistimiento presentado por la abogada MARÍA ALEJANDRA PARRA MARTÍNEZ, inscrita en el IPSA bajo el N° 85.432, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, SOCIEDAD MERCANTIL ADMINISTRADORA DANORAL, C.A., inscrita en el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y del Estado Miranda, de fecha 10 de julio de 1992, quedando anotada bajo el N° 37, Tomo 21-A Sgdo, y posteriormente modificados sus estatutos mediante Asamblea General Extraordinaria de Accionistas, registrada por ante la Oficina de Registro, anotada bajo el N° 24, Tomo 97-A Sgdo, de fecha 25 de marzo de 1994, en contra del ciudadano HASSAN SHARAM, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-5.306.163, y acuerda tenerlo como SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, conforme a lo previsto en los artículos 263, 265 y 266 del Código de Procedimiento Civil. Así se establece.