Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, Declara: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: FRANCISCO RAFAEL MARCANO y MARGELYS GONZALEZ HERNANDEZ venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad nros. V-12.686.885 y V-14.032.715 respectivamente, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia, declara DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron en fecha 09 de diciembre del año 2002, por ante la Autoridad Civil de la Parroquia Caraballeda del Municipio Vargas del Estado Vargas.
De conformidad con lo establecido en el Articulo 351 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, con relación a la adolescente de 12 años de edad, habida de la unión matrimonial, la Patria Pot.....