Se considera: PROCEDENTE la Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos de los ciudadanos: SAUL AQUILES ALVAREZ YBARRA Y KEYLA COROMOTO VELASQUEZ, venezolanos mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-19.851.869 y V-19.386.979 respectivamente, y en consecuencia se declara: DISUELTO el vinculo conyugal que los une, contraído el día 19 de octubre de 2012, por ante el Registrador Civil de la Parroquia Urimare, Municipio Vargas del Estado Vargas.-