Por los razonamientos expuestos anteriormente, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en sede mercantil, DECLARA:
ÚNICO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio, que por COBRO DE BOLÍVARES, PROCEDIMIENTO DE INTIMACIÓN, ha instaurado el ciudadano JOSÉ VICENTE VALDERRAMA RUÍZ, venezolano, casado, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-3.070.774, en su carácter de ACREEDOR (BENEFICIARIO Y TENEDOR), contra el ciudadano JOSÉ ELPIDIO ROSALES NÚÑEZ, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.656.546 y de este domicilio, en su carácter de DEUDOR (LIBRADO-ACEPTANTE). En consecuencia, EXTINGUIDO el proceso.
A tenor de lo estipulado en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, no hay condenatoria en costas.
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