En el presente arreglo, las partes manifiestan que quedan en un todo conforme y declaran que nada quedaran a deberse, por los conceptos demandados, ni por ningún otro concepto. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, así mismo se ordena el archivo del presente expediente.
Las partes en este acto solicitan la entrega de las correspondientes pruebas por ellos promovidas, este Tribunal lo acuerda y hace entrega de las mismas en este acto.
Las partes solicitan en este acto que se les expida tres (3) copias fotostáticas certificadas tanto de la presente acta de Mediación.-