Primero: Declara sin lugar la apelación interpuesta por la representación del demandante, ya identificado, en diligencia de fecha 13 de octubre de 2003.
Segundo: Declara sin lugar la demanda de nulidad de documentos de compra venta, interpuesta por Gerardo Augusto Rojas Falla, Director de Operaciones de la Sociedad Mercantil Depósitos Aduaneros Ureña, C.A. (D.A.U.C.A.), contra Pablo Emilio Parada Sánchez, Raúl Garavis y Ludy Yaqueline Lechtig de Rodríguez, con el carácter de Director Gerente, Director de Operaciones y Director Administrativo de la Sociedad Mercantil Inversiones Trilenio, C.A., ya identificados.
Tercero: Queda confirmado el fallo apelado, dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en fecha 25 de septiembre de 2003.
Cuarto: Se condena en costas a la parte demandante por resultar totalmente vencida, de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.