En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia Estadal en Función Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, acuerda el cese de la medida de coerción recaída en contra de la ciudadana KELLY DEL CARMEN FLORES AGUILERA, en el presente asunto signado con el N° WP01-P-2010-006625. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 230 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo cual se acuerda su libertad sin restricciones, debiendo comparecer ante este Despacho Judicial, previa citación librada al efecto.