por lo cual en aras de garantizar el acceso a la justicia como lo
expone el Artículo 26 de la Constitución Bolivariana de Venezuela, nada obsta para que
éste Tribunal DECLARE TÍTULO SUPLETORIO, a favor de la ciudadana: MARTA
LEOPOLDA GONZALEZ PEREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de
identidad N° V-5.091.332, sobre la bienhechuría descrita en la presente solicitud y en el
Certificado de Existencia de Bienhechurías Nº DPPCUC-OMTU-842-2024, todo de
conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil,
dejando a salvo los derechos de tercero. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada
de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.