En fuerza de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Superior del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado La Guaira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado DAVID FERNANDO BRAVO MARTÍNEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 68.181, actuando en su carácter de Defensor Público de la parte QUERELLANTE, contra la sentencia dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado La Guaira, en fecha 04 de noviembre de 2021, en consecuencia, se confirma la decisión apelada, la cual declaró INADMISIBLE la acción interdictal, incoada por la ciudadana ALEXANDRA ELIZABETH QUESADA MANTUANO, contra la ciudadana GOLFINTA COROMOTO RODRÍGUEZ DE LÓPEZ, arriba identificadas. Así se decide. SEGUNDO: Se condena en costas a la parte.....