Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CONFESAS las Sociedades Mercantiles "RUTAS AEREAS DE VENEZUELA RAV, S.A. (antes denominada Línea Aérea Bolivariana LAB, S.A. y SERVITEC (SERVICIOS TECNICOS AERONAUTICOS DEL ZULIA, C.A.)". SEGUNDO: CON LUGAR la Solicitud de Calificación de Despido con el consecuente reenganche y pago de los salarios caídos, incoada por la ciudadana, JESANA PLASENCIA FERNANDEZ, contra la sociedad mercantil "RUTAS AEREAS DE VENEZUELA, S.A." (RAVSA). En consecuencia, se condena a la accionada "RUTAS AEREAS DE VENEZUELA, S.A". (RAVSA) efectuar el inmediato reenganche de la trabajadora a su sitio habitual de trabajo y en las mismas condiciones que ostentaba, vale decir, como EVALUADORA DE TRIPULANTES DE CABINA al momento del írrito despido. Asimismo se condena a pagar los salarios.....