Se acuerda aplicar al ciudadano imputado ALEXANDER CARVAJAL NICOLEILLO, de nacionalidad venezolano, natural de Caracas, de 48 años de edad, nacido el 30-11-58, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad N° V- 6.136.150, de profesión u oficio Comerciante, hijo de LUCAS CARVAJAL ROSALES (f) y CHIQUINQUIRA NICOLEILLO, residenciado en: Urbanización Luis Huerta, Sector La Batea, casa sin número, el Junquito, teléfono: 0146-2130982, las Medidas Cautelares Sustitutivas a la Privación de Libertad consagradas en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, en su ordinal 3°. Quedando obligado el ciudadano ALEXANDER CARVAJAL NICOLEILLO A) Presentarse por ante la sede de este Circuito Judicial Penal a intervalos de ocho (08) días entre un presentación y otra.