éste Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara las actuaciones y documentación cursantes en el expediente suficientes para declarar:
Como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la ciudadana FLOR MARÍA LEAL GONZÁLEZ, quien en vida fue titular de la cédula de identidad Nro. V-6.250.172, a las ciudadanas LUCRECIA LEAL DE SÁNCHEZ, venezolana, titular de la cédula de identidad No. V-26.767.410, EDDY YAZMIN LEAL GONZÁLEZ, venezolana, titular de la cédula de identidad No. V-26.723.919 y MARIELA LEAL GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-6.221.822, en su condición de hermanas, de la prenombrada fallecida.