Con base en las consideraciones antes señaladas, este Tribunal Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO, el Recurso interpuesto por el profesional del derecho Pedro Barrios, en su carácter apoderado judicial de la parte Actora y Recurrente, contra el Auto dictado por el Tribunal Quinto (5º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, en fecha once (11) de julio del año dos mil diecisiete (2017). SEGUNDO: Se CONFIRMA, el Auto dictado por el Tribunal Quinto (5º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, en fecha once (11) de julio del año dos mil diecisiete (20.....