DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
ÚNICO: INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Rafael Harley Ramírez Zambrano, asistido por el Abogado Fran Reinaldo Rosales Zambrano, contra la decisión dictada en fecha 10 de diciembre de 2007 por la Abogada Nélida Iris Mora Cuevas, actuando como Jueza de Primera Instancia en Función de Control número 10 del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, mediante la cual declaró con lugar la solicitud planteada por la representación fiscal, en relación con la desestimación de la denuncia interpuesta por el impugnante, conforme a lo establecido en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal, al evidenciarse que dicho recurso de apelación no cumplió con las condiciones de forma determinadas en el Código Orgánico Procesa.....