PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano JHON DERVIS VERACIERTA DOMÍNGUEZ, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, de Estado Civil Soltero, hijo de Dolores Veracierta y de Ángel Domínguez, y titular de la Cedula de Identidad Numero V:15.830.741, de la acusación que por el delito de APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO PROVENIENTE DE HURTO O ROBO, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos, formulara en su contra el Ministerio Publico al inicio de este Juicio Oral y Publico, de conformidad con lo establecido en los artículos 363 y 366 del Código Orgánico Procesal Penal; y SEGUNDO: Exime del pago de costas al estado, de conformidad con lo establecido en los artículos 265, 266 y 268 todos del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese, Diarícese, déjese copia en archivo, notifíquese y remítase el expediente en su debida oportunidad al tribunal de Ejecución que corresponda.