Por las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, declara CON LUGAR la Rectificación De Acta de Nacimiento, solicitada por el ciudadano DOMENICO FABIO PAVONE MANISCALCO, venezolano, mayor de edad, soltero, de este domicilio, y titular de la Cédula de Identidad N° V.-11.638.901 y en tal sentido se ordena que se rectifique el error mencionado en los términos siguientes: En el acta de Nacimiento inserta ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Caraballeda, Municipio Vargas del Estado Vargas, correspondiente de fecha 05 de febrero de 1974, inserta al folio 19 al vto., acta Nº 38, en donde se dice y lee "...COCIMO PAVONE IRRERA..." deberá decir y leerse "... COSIMO PAVONE IRRERA...", como real y legalmente corresponde.