1.- Declara SIN LUGAR la solicitud de NULIDAD ABSOLUTA interpuesta por la Abogada JEANNETTE SABANETA, en su carácter de defensora de la acusada JUDITH COROMOTO MENDEZ REY, en relación a las supuestas diligencias solicitadas ante el Ministerio Público, ello en virtud de no evidenciarse ninguna de las circunstancias contempladas en los artículos 190 y 191 del Código Adjetivo Penal. 2.- CONFIRMA la decisión pronunciada en fecha 12/11/2009, por el Juzgado Primero de Control Circunscripcional al momento de celebrar la audiencia preliminar, en la que declaró SIN LUGAR la NULIDAD interpuesta por la defensa de la acusada JUDITH COROMOTO MENDEZ REY, en relación a la aprehensión de la misma.