Visto el contenido del escrito presentado en fecha 18/01/2013, suscrito por el abogado JUAN PABLO DIAZ OSORIO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 140.533, quien actúa con el carácter de coapoderado judicial de la parte demandante, por una parte y por la otra, el ciudadano HERMENEGILDO BADILLO GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.985.802 y de este domicilio, quien actúa con el carácter de presidente de la SOCIEDAD MERCANTIL COMERCIALIZADORA A.M.C., C.A., parte demandada, asistido de la abogada EVA CECILIA RODRIGUEZ BERACIERTO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 122.886, en el que deciden poner fin al presente juicio mediante TRANSACCIÓN; por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de .....