Por lo anteriormente expuesto, este JUZGADO SEPTIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Resuelve: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del Ciudadano: PEDRO JOSE GUERRERO ANAYA, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No.- V.- 14.418.901, soltero, de profesión supervisor técnico, residenciado en Barrio Monseñor Ramírez, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, identificado en actas, en cuanto al delito de LESIONES CULPOSAS MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 422 ordinal 1º del Código Penal, vigente para la fecha de los hechos, en perjuicio del Ciudadano: JOEL CAMARGO, venezolano, mayor de edad, soltero, de profesión, Funcionario Público, residenciado en la Urbanización San Josesito, vereda 6 No.- 2-48, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira.