Este Tribunal Superior Primero del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN, interpuesto por la parte demandada se ordena la reposición de la causa al estado de celebración de nueva audiencia de juicio a los fines de la evacuación de todos los medios de pruebas admitidos.