Con base en las consideraciones que anteceden, esta Juzgadora del Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial de Violencia Contra la Mujer del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: ACUERDA LA CONMUTACIÓN del resto de la pena de prisión que debe cumplir en CONFINAMIENTO a favor del penado FREDDY ENRIQUE USECHE COGOLLO, actualmente recluido en EL CENTRO PENITENCIARIO DE OCCIDENTE NUMERO DOS DEL ESTADO TÁCHIRA, por el lapso de DOS (2) AÑOS, DOS (2) MESES Y DIECISIETE (17) DÍAS, de conformidad con lo establecido en los artículos 53 y 56 del Código Penal, y 479 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal. Por lo tanto, SE DESIGNA PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA PENA DE CONFINAMIENTO el Municipio Guaicaipuro, Parroquia Los Teques del Estado Miranda.
SEGUNDO: Impóngansele al penado FREDDY ENRIQUE USECHE COGOLLO, de las si.....