En razón de todos los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dispone: PRIMERO: Se declara INADMISIBLE la demanda de indemnización de daños y perjuicios incoada por el ciudadano CARLOS ALEXIS ECHEVERRÍA KOLT, en contra de la sociedad mercantil AGENCIA MARÍTIMA MUNDO MAR, C.A., ambos plenamente identificados, en virtud de haber resultado procedente la defensa de falta de cualidad activa alegada por la parte demandada en la contestación de la demanda.
SEGUNDO: dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.