En consecuencia, se ordena la apertura del juicio oral y público en la presente causa, seguida en contra de los ciudadanos ARMANDO ANTONIO VARGAS ZABALA y ESTERLIN RAFAEL SOLORZANO, por su presunta participación en la perpetración del delito de Robo Agravado de Vehículo Automotor, previsto y sancionado en el artículo 5, en relación con el artículo 6 ordinales 1°, 2°, 3° y 8° de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos