Este Tribunal declara UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos FELIPA DEL CARMEN LAREZ DE MARCANO, JUAN JOSE MARCANO LAREZ, GISELA MARGARITA MARCANO LAREZ, JULIO RAFAEL MARCANO LAREZ, PETER JOSE MARCANO LAREZ, ALEJANDRO JOSE MARCANO LAREZ Y MARIAN CELESTE MARCANO LAREZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nros. V-4.559.305, V-11.063.911, V-12.165.927, V-13.374.199, V-15.457.417, V-15.457.423 y V-15.427.425, respectivamente en su orden; respecto al De-Cujus JUAN JOSE MARCANO MATA, ex titular de la identidad N° V-4.047.461, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del código de procedimiento civil, dejando a salvo los derechos de terceros.