En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Sexto Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República y por autoridad de la ley hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CONDENA a los ciudadanos ALEKSANDAS VIKARAUSKAS, de nacionalidad lituana, fecha de nacimiento el día 31-01-1979, de 30 años de edad, estado civil casado, profesión u oficio Ingeniero Electrónico, hijo de Vicentas Vikarauskas (v) y de Galina Vikarauskas (v), titular del pasaporte N° 22259660 y residenciado en: Lituania Radviliski; y al ciudadano JONAS SABALIASUKAS, de nacionalidad lituana, fecha de nacimiento el día 07-07-1973, de 35 años de edad, estado civil casado, profesión u oficio Ingeniero Civil, hijo de Prama Sabaliauskas (v) y de Bone Sabaliauskas (f), titular del pasaporte N° 22293273, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSIC.....