éste Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos: JOSE CARLOS FERNANDES LEÓN, MAYEIRA JOSEFINA FERNANDES LEÓN Y LESBIA JOSEFINA LEON DE FERNANDES venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nros. V-17.482.483, V-14.768.802 y V-3.611.301; respectivamente, con respecto al de-Cujus JOSE AMANDIO FERNANDES, ex titular de la cédula de identidad N° E-768.608, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-