DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este tribunal Primero de Primera Instancia Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite los pronunciamientos siguientes:
PRIMERO: SUSTITUYE DE OFICO LA MEDIDA DE DETENCIÓN JUDICIAL, dictada en fecha: 01/07/13 en contra del adolescente imputado identidad omitida, plenamente identificado ut supra, conforme a lo previsto en el artículo 559 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO previsto en los artículos 455 en concordancia con el 458 Código Penal y el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto en el articulo 113 en relación con el artículo 5 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, al encontrarse llenos los extremos establecidos en los artículos 236 numerales 1 y 2 y 237 numerales 2 y 3, y 238 nu.....